Qué es el formulario 5011 y para qué sirve

Las consecuencias del incumplimiento de los impuestos y la resolución de una recaudación coercitiva suelen ser efectivas de forma inmediata, por lo que es necesaria una actuación inmediata al respecto. Si hay un desacuerdo sobre su deuda o si desea celebrar un acuerdo de pago, le recomendamos que utilice el Formulario de cobro coercitivo 5011 y te explicaremos cómo completarlo.

FORMULARIO DE COLECCIÓN COACTIVA 5011

El formulario de cobro exigible 5011 y su uso

El Formulario 5011 es aquella forma o planilla virtual que se emplea para indicar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria que no está conforme con los cobros que realizan por concepto de tributo o pautar un convenio de pago para evitar las consecuencias por incumplimiento de los mismos.

¿Cómo se procesa este formulario?

El formulario 5011 debe tramitarse a través de los canales correspondientes de acuerdo con los procedimientos indicados por la SUNAT en cuanto a la presentación de documentos virtuales en el portal web, entre otros, que mencionaremos a continuación.

Por lo general, el envío de este formulario ante el cobro forzoso se debe a la imposibilidad de realizar pagos que permitan la liquidación de deudas o que se encuentre en revisión.

La presentación de estos escritos virtuales queda de parte del contribuyente o su representante legal y se lleva a través del portal web de SUNAT, por lo que es imprescindible estar registrado y activo en el sistema, además de plantear la clave Sol para realizar dicho procedimiento.

Sin embargo, los escritos dirigidos a la SUNAT no pueden ser ejecutados bajo ninguna circunstancia, deben seguir ciertas pautas y estándares establecidos para su elaboración. Por lo tanto, ciertos formularios se utilizan para este propósito, uno de ellos es el formulario SUNAT 5011.

Una forma que beneficia a ambas partes y que de alguna manera evita llegar al proceso de recuperación coercitiva y sus consecuencias.

¿Cómo se presenta el Formulario 5011?

Para presentar este escrito virtual, debe ingresar al sitio web de la SUNAT www.sunat.gob.pe, con su contraseña SOL y seleccione la opción Trámites y consultas. Luego seleccione la opción Archivo virtual / Escrito virtual / Registro de escritos virtuales. En esta sección, puede presentar su escritura para varios propósitos, por ejemplo:

  • Cancelación de deuda / exención de gravámenes
  • Mide la variación
  • Intervención de exclusión de mercancías.
  • Otros

Algunos aspectos importantes que debe conocer sobre el proceso de presentación de la Cobranza Coercitiva del Formulario 5011 son:

  • Para ingresar la información que respalde su redacción, debe estar en formato PDF. Para agregarlo, simplemente haga clic en la opción: Descarga los documentos de respaldo.
  • Una vez presentados el documento y los medios, el sistema emite un mensaje de confirmación, generando un certificado de presentación y una vista previa del documento. Le recomendamos que imprima este certificado.
  • Si desea verificar el estado del documento, ya sea en revisión o resuelto, el sistema le permitirá hacerlo.

FORMULARIO DE COLECCIÓN COACTIVA 5011

¿Cómo completar el formulario 5011?

Este formulario tiene carácter informativo, ya que está preparado para la notificación por parte del contribuyente de su incapacidad para pagar impuestos, es decir, su función principal es la notificación.

Sin embargo, no olvide que este documento es evaluado por la SUNAT y que decidirá si emite la prórroga. Su presentación no implica automáticamente la aceptación de sus reclamos y el otorgamiento de un período de espera por parte de la entidad. Para evitar errores y declaraciones falsas a la entidad, le recomendamos que complete el Formulario 5011 de la siguiente manera:

1-Ingrese al sitio de la SUNAT con el nombre de usuario y contraseña de Sol que se le asignó.

2-Una vez en el sistema, seleccione la opción COLECCIÓN COLECTIVA – Documentos de cobro forzoso – Registro de documentos de cobro forzoso Formulario 5011

3-Automáticamente, verá una pantalla con el título COLECCIÓN COACTIVA ESCRITA – FORMULARIO VIRTUAL 5011. Complete cada uno de los campos con la información correspondiente, como por ejemplo:

  • Tipo y número de archivo
  • Número de resolución coercitiva
  • RUC
  • Razón social del contribuyente
  • Nombre y nombres del ejecutor coercitivo y / o asistente coercitivo

Entre los datos a ingresar, también encontrará un espacio para comunicar alegaciones de morosidad o disconformidad con el monto de impuestos recaudados.

4-Recuerda agregar los soportes en formato PDF y presiona ahorrar. A continuación, el sistema presentará un mensaje que indica: Prueba escrita del cobro coercitivo presentado. Solo tienes que presionar Aceptar y por lo tanto cancela su registro de cobro coercitivo formulario 5011 con SUNAT.

5-Para verificar el estado de su solicitud más tarde, todo lo que tiene que hacer es ingresar al sistema con su usuario y contraseña de SOL, seleccionar Transacciones en línea, opción Cobro coercitivo – Formulario n ° 5011. En esta sección, puede verificar el estado de tus escrituras virtuales

Presentar la Colección exigible del Formulario 5011 es bastante sencillo, solo debe tener cuidado al completar los campos indicados y esperar la decisión de la agencia. Recuerde que este formulario también le permite comunicar su intención de pago por convenio o convenio, con la intención de evitar posibles embargos.

¿Qué es la recogida obligatoria?

El cobro forzoso es un procedimiento que utiliza la Superintendencia Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SUNAT) para reclamar el pago de las deudas tributarias impagadas.

Este tipo de acciones de recuperación es realizado por el personal autorizado responsable de dicha entidad conocido como el ejecutor coercitivo, asistido por los conocidos auxiliares coercitivos.

¿Cómo se realiza el procedimiento de recuperación coercitiva?

Cuando el contribuyente no cumpla con el pago de los impuestos que le correspondan o de las multas vencidas dentro de los plazos establecidos, el superintendente le notificará su deuda mediante documentos de cobro, generalmente órdenes de pago, cuando se trate de montos declarados. por parte del contribuyente o resoluciones para determinar si se trata de una obligación contraída por una auditoría.

Al expirar el período de espera sin cancelación de su deuda, se inicia el proceso de cobro coercitivo, recibiendo inicialmente una notificación electrónica al buzón de Operaciones en Línea (SOL) de la SUNAT de la Resolución de Ejecución Coercitiva (REC), que indica un período de siete días hábiles para cancelarlo en su totalidad.

Cabe señalar que en general este tipo de recaudación busca presionar a los contribuyentes que adeudan grandes sumas, haciéndoles indicar mediante cartas virtuales el motivo del atraso en sus obligaciones, el plan de pago y el tiempo de éste.

¿Qué pasa si no pago la deuda?

Al término del plazo de siete días hábiles, el albacea podrá ordenar las medidas de embargo necesarias para garantizar el cobro de la deuda tributaria. Hay varios tipos de embargo:

  • Embargo en forma de intervención en la recolección, información y administración de bienes.
  • Incautación en forma de Depósito de Mercancías, que puede ser: sin extracción y con extracción.
  • Embargo en forma de entrada.
  • Retención de embargo.

¿Cuál es la duración de este procedimiento de cobranza?

El plazo fijado para la cancelación de la deuda una vez notificada la Resolución de Ejecución Coercitiva (CER) será de siete días hábiles, que comenzarán a transcurrir desde el día hábil posterior a la notificación. Cuando vence el pago, se pronuncian las medidas de incautación.

Este procedimiento de cobro coercitivo puede extenderse hasta el pago total de la deuda, incluidos los intereses generados por la demora.

¿Qué hacer en un procedimiento de Cobro Coercitivo?

Lo principal es mantenerse informado a través de su buzón electrónico en las operaciones online conocidas como SOL. En este espacio, puede conocer de antemano los procedimientos de cobro coercitivo.

Si tiene alguna deuda, examine cuidadosamente su origen y compárela con todos sus extractos, pagos, libros de cuentas, etc. Es importante que corrija cualquier error en los extractos y pagos si este es el caso, si tiene deudas, trate de saldarlas lo antes posible o pida que se dividan.

Existe la posibilidad de contactar con el Centro de Consulta si no está de acuerdo con la deuda, para que se oriente sobre las acciones que puede tomar. Además, se recomienda que se comunique con su ejecutor auxiliar y / o coercitivo a través de los correos electrónicos de contacto de cobro coercitivo.

¿Cómo sabes si tienes una colección obligatoria?

Esta información se puede encontrar iniciando sesión en el sistema SOL con su nombre de usuario y contraseña. Esta información aparecerá inmediatamente en la pantalla, junto con el monto de la deuda. He aquí cómo hacerlo paso a paso:

  1. Ingrese al sitio, utilizando el nombre de usuario y contraseña correspondientes, el enlace directo es: https://e-menu.sunat.gob.pe/cl-ti-itmenu/MenuInternet.htm Formulario 5011
  2. por favor seleccione COLECCIÓN COACTIVA – Escritos de cobro coercitivo – Modelo 5011. Luego haga clic en Mi RUC y otros archivos – Examen de mis deudas. En esta sección encontrará los pagos realizados y los importes que aún no han sido pagados.

¿Cómo pagar una recogida obligatoria?

Hay dos formas de realizar tus pagos cuando tienes deudas con la SUNAT en Perú, son bastante sencillas, pero tienes que hacerlo de forma correcta y adecuada para evitar contratiempos. Los dos métodos de pago son:

  • En línea usando su nombre de usuario y contraseña, realice el pago electrónicamente e infórmelo usando el formulario 1662.
  • Presencialmente en los mostradores de los bancos autorizados para recibir el pago del cobro obligatorio. Posteriormente, deberá notificar el depósito a través del sistema y conservar sus comprobantes bancarios.

Recuerda comunicar tu pago a través de los canales correspondientes para evitar penalizaciones por mora. Si tiene un acuerdo de pago, debe dejar los comprobantes en la oficina de la SUNAT.

Los bancos autorizados por la SUNAT para recibir pagos por cobranzas coercitivas son: Banco Continental, Banco de la Nación, Scotiabank, Banco de Crédito, Interbank y Banco Interamericano de Finanzas.

 

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